Nacionalidad Española

La nacionalidad española no solo se obtiene por nacimiento o por ser descendiente de un español. También es posible obtener este derecho por residencia. Tal adquisición está regulada en el código civil español, por lo que es necesario informar a la comunidad en general sobre cuál es el proceso para recibir la nacionalidad española y en cuanto tiempo se habilita tal condición.

 

Normativa básica para la aplicación de la Nacionalidad Española por residencia

Si quieres solicitar la nacionalidad española, es importante que primero conozcas lo que dice la ley al respecto. Además de estar regulada en el código civil, la nacionalidad española se encuentra respaldada por la siguiente normativa de aplicación:

  • Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003 relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración.
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 32).
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 151 a 154).

Tipo de autorización de la Nacionalidad Española por residencia

De acuerdo a los estatutos legales correspondientes al derecho de nacionalidad española, todo ciudadano residente permanente en España podrá optar por su nacionalidad, después de 10 años de haber vivido de forma continuada en el país. Existen ciertas excepciones que reducen este tiempo, a saber:

  • Cinco años de residencia si se obtuvo gracias a la condición de refugiado.
  • Dos años para aquellos nacionales provenientes de Iberoamérica, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o bien, aquellos de origen sefardí.
  • Se reducirá el tiempo a un año para recibir la nacionalidad española, en los siguientes casos:
  1. Que haya nacido en territorio español.
  2. Si no ejerció el derecho de adquirir la nacionalidad por opción.
  3. Si está bajo tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano español o una institución.
  4. Que lleve casado/a un año con un español/a, siempre y cuando no estén separados legalmente o de hecho.
  5. Viudo o viuda de un español/a, si comprueba que, en el momento de la muerte, no estaban separados judicialmente o de hecho.
  6. Persona nacida fuera de España, pero con padre, madre, abuelo o abuela españoles, siempre y cuando, este ciudadano haya sido español de nacimiento.

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Requisitos para la Nacionalidad Española por residencia

Para recibir la nacionalidad española, tendrás que cumplir con ciertos requerimientos establecidos en la ley, a saber:

  • Que tenga residencia continuada justo antes de hacer la solicitud.
  • Una buena conducta cívica.
  • Integración.
  • No tener antecedentes penales en el país de origen o en España.
  • Documento de identidad en vigor.

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Solicitud de la Nacionalidad Española por residencia

Antes de hacer la solicitud de nacionalidad española, debes conocer todos los exámenes que se harán durante el trámite. La forma correcta de empezar es siguiendo las instrucciones que te damos aquí.

Examen DELE y CCSE

Son dos exámenes los que debes presentar para poder recibir la nacionalidad española por residencia. El primero, es el examen DELE, con el que deberás obtener un nivel A2 como mínimo. Dicho examen te otorga un diploma que reconoce tu español como lengua extranjera.

Por otra parte, tendrás que presentar el examen CCSE, donde se evaluará tu conocimiento sociocultural y constitucional de España. Hay que mencionar que ambas pruebas deberás presentarlas de forma presencial. Los dos exámenes son diseñados y administrados por el Instituto Cervantes.

¿Qué se evalúa en el examen DELE?

Después de pagar 130 euros por este examen, se te someterá a cuatro pruebas que demuestren tu dominio del idioma español.

  • Comprensión lectora y uso correcto de la lengua.
  • Destrezas como expresión e interacción escrita.
  • Comprensión auditiva y uso correcto de la lengua.
  • Expresión e interacción oral.

Excepción del examen DELE

Teniendo en cuenta que el examen DELE viene a evaluar el grado de competencia y dominio del idioma español, estarán exentos de esta prueba los ciudadanos de algunos países, como:

Argentina • Bolivia • Chile • Colombia • Costa Rica • Cuba • Ecuador • El Salvador • Guatemala • Guinea Ecuatorial • Honduras • México • Nicaragua • Panamá • Paraguay • Perú • Puerto Rico • República Dominicana • Uruguay • Venezuela.

También disfrutarán de esta exención aquellas personas que tengan capacidad modificada judicialmente. Así también, pueden evitar el examen aquellas personas que cuenten con la nacionalidad de cualquiera de estos países, cuando esta no es la principal. Tal es el caso de un holandés que tenga nacionalidad colombiana.

¿Qué se evalúa en el examen CCSE?

Todo ciudadano que opte a la nacionalidad española por residencia, tendrá que superar este examen administrado y gestionado por el Instituto Cervantes. Solo hay dos convocatorias al año para este examen (agosto y diciembre).

En esta prueba se harán 25 preguntas de verdadero y falso y de selección múltiple, que evalúa tu conocimiento sobre la Constitución Española, así como la realidad social y cultural del país. Además, tiene una validez de cuatro años.

¿Hay excepciones para no presentar la prueba CCSE?

Sí. Personas con discapacidad, que no sepan leer o escribir, o bien, que tengan una dificultad de aprendizaje, tienen derecho a prescindir de estos exámenes. Sin embargo, deberá solicitar tal exención ante el Ministerio de Justicia, antes de hacer la solicitud de la nacionalidad española por residencia.

Por otra parte, toda persona que haya cursado la Educación Secundaria Obligatoria en España, y, por ende, tenga el título académico, no tiene que presentar el examen. Tampoco lo presentarán, los menores de dieciocho años o las personas que tengan capacidad modificada judicialmente. Pero tendrán que presentar los certificados que validan tales condiciones.

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¿Dónde solicitar la Nacionalidad Española por residencia?

Los exámenes que forman parte del trámite de la nacionalidad española, se tendrán que solicitar en la plataforma virtual del Instituto Cervantes. Solo necesitarán un correo electrónico y una clave para poder crear un perfil en el sitio web. Una vez registrado, deberá consultar e inscribirse en las convocatorias y los centros educativos donde se realiza la matricula.

Ahora bien, para hacer la solicitud de la nacionalidad española, tendrá varias vías para procesar el trámite, a saber:

  • Registro Público, lo que incluye el Registro electrónico común y el Registro electrónico del Ministerio de Justicia.
  • El correo postal.
  • Plataformas habilitadas, como Colegios de Abogados, Procuradores y Graduados Sociales. También cualquier plataforma que tenga convenio para presentar la solicitud de nacionalidad española.
  • Plataforma virtual del Ministerio de Justicia. En este caso, se requiere el certificado digital.

¿Quién puede solicitar la Nacionalidad Española por residencia?

Pueden solicitar nacionalidad española por residencia los siguientes ciudadanos:

  • El interesado, siempre que sea emancipado o mayor de edad.
  • Menor de edad de más de catorce años, con asistencia de representante legal.
  • Representante legal de menores de más de catorce años.
  • Ciudadano con capacidad modificada judicialmente, asistido por representante legal.
  • Representante legal de ciudadano con capacidad modificada judicialmente.
  • Representante voluntario como, por ejemplo, un abogado.

Documentación para la Nacionalidad Española por residencia

Como cualquier trámite en España, si vas a solicitar nacionalidad española tendrás que reunir los documentos que acrediten que cumples con los requisitos que establece la normativa básica para la nacionalidad española por residencia. Todos los solicitantes deberán presentar:

  • Solicitud normalizada.
  • Certificado de nacimiento legalizado y traducido (si es el caso), por el país de origen y según Convenios internacionales.
  • Copia del pasaporte (completa) vigente.
  • Certificado de antecedentes penales, del país de origen (legalizados y traducidos).
  • Certificado de empadronamiento (que esté actualizado).
  • Copia completa de la tarjeta de residencia vigente, o bien, el certificado de registro de ciudadano de la UE, para ciudadanos comunitarios.
  • Contrato de trabajo, formación adicional, tarjeta sanitaria, o cualquier documento que se desee adjuntar.
  • Certificado apto de los exámenes DELE y CCSE, si aplica al caso.
  • Comprobante de pago de la tasa abonada correspondiente a la solicitud de la nacionalidad española.

Ahora bien, según la situación de cada solicitante, habrá documentos específicos que se tendrán que aportar. Para conocer más al respecto y lo que te correspondería entregar al ente responsable del trámite, lo mejor es solicitar información personalizada a los expertos de AMAJAE.

Tasas para la solicitud de la Nacionalidad Española por residencia

Debes tener en cuenta que para que el trámite de nacionalidad española sea efectivo, tendrás que pagar algunas tasas. Estas corresponden al pago de los exámenes DELE Y CCSE y a la solicitud. A este respecto, tendrás que pagar las siguientes tasas:

  • 130 euros correspondientes al examen DELE.
  • 85 euros correspondientes al examen CCSE.
  • 104,5 euros de la tasa 790 código 026.

Pasos a seguir una vez solicitada la Nacionalidad Española por residencia

Después de tramitar la solicitud de nacionalidad española por residencia tendrás que esperar a recibir la resolución del Ministerio de Justicia. La respuesta puede ser la concesión o la denegación de la solicitud. Esta puede tardar hasta un año en recibirse, después de que sea entregada a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

La solicitud de nacionalidad española por residencia termina con la inscripción de la adquisición ante el Registro Civil de tu domicilio en España. Se hará un acto de jura o promesa y posteriormente, se emitirá tu certificado de nacionalidad española.

Una vez tengas tu certificado de nacionalidad, podrás gestionar tu DNI y pasaporte español, que tendrás que solicitar en la comisaría de policía. Para recibir ambos documentos de identidad españoles, tendrás que presentar otros documentos. En AMAJAE te ayudamos con este proceso.

Denegación de la Nacionalidad Española por residencia

Si pasa el año y no recibes ninguna notificación, se dará por desestimada la solicitud de nacionalidad española, por silencio administrativo negativo. No obstante, tienes derecho a interponer un Recurso Contencioso Administrativo o un Recurso Potestativo de Reposición. Pero para eso, tendrás que reclamar la resolución expresa de la solicitud por la vía judicial.

Ahora bien, tienes que saber cuáles son las posibles causas por las que puedes recibir la negativa a tu nacionalidad española por residencia:

  • Que tengas antecedentes penales o policiales.
  • Que la documentación haya caducado.
  • Que no hayas residido legalmente y de forma continuada en España.
  • Que la solicitud se haya presentado antes de cumplir con los tiempos estipulados en la ley.

Recurso potestativo de reposición

Este recurso se interpone un mes después de recibir la resolución de denegación. Se realiza la petición ante el Ministerio de Justicia. La respuesta a este recurso vendrá después de un mes; pasado este tiempo, se entenderá por desestimado. Así que solo quedará el Recurso contencioso administrativo como vía para hacer el reclamo.

Recurso contencioso administrativo

Supone una petición por vía judicial para reclamar la nacionalidad española, que se interpone ante la Audiencia Nacional. Deberás recurrir a este recurso a los dos meses de haber recibido la notificación o bien, que haya pasado el año de respuesta. Necesitarás un abogado o procurador para usar esta vía.

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