Reagrupación Familiar

La reagrupación familiar se encarga de mantener a las familias unidas a pesar de las fronteras entre países. Son muchos los  extranjeros que residen legalmente en España y cuentan con los permisos de residencia y trabajo en el territorio español. La  mayoría de ellos llegaron solos a nuestro país, dejando familiares como hijos y cónyuges en su país de origen.

Proteger el derecho a vivir en familia es uno de los fundamentos de todo país y  un derecho importante de toda política de inmigración. En estas situaciones, puedes llevar contigo a tus familiares porque tanto la ley como las normas de extranjería te dan permiso. Esta es la reagrupación familiar.

Normativa básica de aplicación de la Reagrupación Familiar

  • Directiva 2003/86/CE, de 22 de septiembre, sobre el derecho a la reagrupación familiar.
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículos del 16 al 19).
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos del 52 al 58).

Tipo de autorización de la Reagrupación Familiar

La reagrupación familiar otorga autorización de residencia temporal que se puede conceder a los familiares extranjeros que residan en España al amparo del derecho de extranjería reagrupación familiar.

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Residencia Por Reagrupación Familiar

La residencia por reagrupación familiar es un permiso que se otorga a cónyuges, compañeros de vida e hijos en edad de trabajar: En todas las regiones de España, es posible realizarlo independientemente de que trabajes por cuenta ajena o por cuenta propia, en todas las ocupaciones y áreas de actividad sin trámites administrativos adicionales.

Reagrupación Familiar Requisitos

  1. No debe ser ciudadano de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo, un país suizo o un familiar de ciudadanos de aquellos países en los que se aplica el sistema de ciudadanía de la Unión Europea.
  2. No encontrarse irregularmente en territorio español.
  3. Falta de antecedentes penales en el país de residencia anterior por delitos existentes en España y el ordenamiento jurídico español.
  4. La entrada en España no debe estar prohibida y no debe exhibirse como una denegación en el territorio del país en el que España haya suscrito el correspondiente convenio.
  5. Obtener atención médica cubierta por la seguridad social o un seguro médico privado.
  6. De acuerdo con las disposiciones del Reglamento Sanitario Internacional de 2005, no debe padecer ninguna enfermedad que pueda tener un impacto grave en la salud del país.
  7. En su caso, no se encuentra dentro de la promesa de no retorno a España realizada por un extranjero al participar en un programa de retorno voluntario. Es necesario pagar por el trámite.
  8. Contar con recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades de la familia. Son elegibles los ingresos del cónyuge u otro familiar de primer grado residente en España que conviva con el reagrupante. No se tienen en cuenta los ingresos de los planes de asistencia social.

¿Cuál es la cantidad mínima?

 Para una unidad familiar que incluya dos miembros (reagrupante y reagrupado) se exige un IPREM mensual del 150%. Esto es 8.868,59 € este año 2022. Por cada afiliado adicional se debe sumar el 50% del IPREM. En 2022 se sumarán 289,51 €.

  1. Tener una residencia digna.
  2. El reagrupante deberá haber residido en España durante un año como mínimo y haber obtenido la autorización para residir por, al menos, otro año más. Para reagrupar a los familiares, el reagrupante deberá ser titular de una autorización de larga duración o larga duración UE.
  3. El familiar reagrupado podrá ser:

 Cónyuge o persona con la que el reagrupante tenga una relación de afectividad análoga a la conyugal. En ningún caso se podrán juntar múltiples cónyuges o parejas. Las relaciones afectivas similares a las de una pareja casada son incompatibles.

Si vuelves a casarte, debes tener en cuenta que hay que acreditar la disolución y la situación de la pareja anterior, y sus familiares respecto a la vivienda que se comparte, la pensión del cónyuge o pareja, así como los hijos.

 ¿Qué es una relación análoga a la conyugal?

  1. Si se ha inscrito en el registro público y no se ha revocado la inscripción, o
  2. Si se puede probar la validez de una relación no registrada por cualquier medio de prueba admitido en derecho y la relación debe ser anterior a la residencia en España del reagrupante.

Hijos del reagrupante y cónyuges o parejas de hecho, así como hijos adoptados (únicamente si esta adopción posea efectos en España) hijos menores de 18 años o hijos con discapacidad que no puedan satisfacer objetivamente  sus  necesidades por su condición médica. Si es hijo de uno de sus cónyuges, debe tener la patria potestad en solitario o  se le debe haber proporcionado la custodia y estar efectivamente subordinado a él.

Si se encuentra bajo la edad de 18 años o discapacidad, y están representados legalmente por el reagrupante, se expresa legalmente para la reorganización y siempre y cuando no sea autosuficiente por su condición de salud. 

Un ascendiente de primer grado del reagrupante residente de larga duración o larga duración-UE, o de su pareja, cuando estén bajo su responsabilidad, posean más de 65 años y haya razones por las que se justifique la necesidad de que esta persona tenga autorizada su residencia en España. Se considera que estas personas están a cargo cuando en el último año el reagrupante ha transferido fondos o se ha hecho cargo de los gastos de su ascendiente en al menos el 51% del PIB per cápita, en cómputo anual, del país de residencia de este.

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De manera excepcional, cuando sucedan razones de carácter humanitario, la reagrupación de un menor de 65 años será posible. Se consideran motivos humanitarios, entre otros, cuando este ascendiente convive con el reagrupante en su país de origen o cuando esta persona está incapacitada y pasa a estar tutelada por el reagrupante o por su cónyuge o pareja, además de cuando no pueda satisfacer sus propias necesidades de manera independiente. También se consideran razones humanitarias si se muestra, de manera conjunta, la solicitud de ambos ascendientes cónyuges y resulta que uno de ellos es mayor de 65 años.

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Documentos Reagrupación Familiar

¿Qué documentos necesito para solicitar una visa de reunificación familiar? Los documentos a traer son los siguientes.

Pasaporte en regla o documento de viaje reconocido  en España con una validez mínima de 4 meses. Adultos: Extractos de antecedentes penales emitidos por las autoridades del país de origen o país de residencia en los últimos cinco años. 

Certificado médico. Evidencia original de vínculos familiares y dependencia legal, en su caso. Después de solicitar la Visa correspondiente, la misión diplomática o consulado le notificará  en un plazo máximo de dos meses si la Visa ha sido emitida.

Si se emite su visa, notifique que lo recogerá dentro de los dos meses a partir de la fecha de notificación (los menores pueden ser recogidos por la persona a cargo).

 Una vez obtenido el visado, la persona reasignada deberá entrar en territorio español dentro de la vigencia del visado. El período de validez no puede exceder los 3 meses.

Solicitud Reagrupación Familiar

Un permiso de residencia por reagrupación familiar debe ser tramitado por la Oficina de Inmigración de su país de origen. La solicitud debe hacerse por cuenta propia o a través de un apoderado legal o voluntario.

Solicitud De La Reagrupación Familiar Presencial

Hasta hace poco, tenías que ir directamente a la Oficina de Inmigración, así que haz una reserva con anticipación y llega en la fecha y hora designada para entregar tus documentos.

Solicitud De La Reagrupación Familiar Por Internet

Con la llegada de la Covid19, se hizo necesario configurar una ruta de aplicación diferente. En este caso, por medios telemáticos.

Ahora puede solicitar la reunificación familiar en línea. Para ello, necesita un certificado digital y puede realizar una solicitud a través de la plataforma Mercurio.

Una vez que haya seleccionado el procedimiento, deberá completar el formulario y adjuntar todos los documentos requeridos para su solicitud. Recuerde incluir también con este trámite un certificado de pago de las tasas correspondientes.

Para completar la presentación, se le pedirá que firme el formulario y los documentos adjuntos con un certificado digital antes de registrar la solicitud. Una vez registrada tu solicitud, recibirás un comprobante electrónico en formato PDF. Este será su recibo de presentación.

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Concesión de la Reagrupación Familiar

Una vez tramitada la autorización de residencia por reagrupación familiar, la persona que se desplaza, es decir, las familias que deseen trasladarse a España deberán dirigirse al Consulado de España correspondiente a su domicilio y solicitar el correspondiente visado de reagrupación familiar.

Nota: Procese su visa dentro de los 2 meses posteriores a la notificación de aprobación de su reunificación familiar.

Renovación de la Tarjeta Por Reagrupación Familiar

Al igual que con otros permisos de residencia y trabajo en España, la tarjeta debe renovarse tan pronto como esté a punto de caducar.

Para  renovar su permiso, haga lo siguiente:

Dentro de los 60 días antes de que caduque la  tarjeta o bien, dentro de los 90 días siguientes a la caducidad de la tarjeta (en este caso, puede ser multado si la presenta fuera de plazo).

Preguntas Frecuentes sobre la Reagrupación Familiar

En respuesta a las preguntas más comunes sobre este tema se tiene que:

La reagrupación familiar es un procedimiento de extranjería que permite a los ciudadanos no europeos con permiso de residencia en España llevar a sus familiares al país. Es una forma de darles permiso de residencia y trabajo. Es importante señalar que sólo pueden iniciar este procedimiento los extranjeros residentes en España que hayan prorrogado su permiso de residencia original.

Permiso de residencia por reagrupación familiar de cónyuges, compañeros de vida e hijos en edad de trabajar: En todas las regiones de Alemania, trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en todas las ocupaciones y áreas de actividad sin trámites administrativos puedo hacerlo.

 El plazo de validez de la autorización de la persona reagrupada se extenderá hasta la misma fecha de la autorización que ostentaba el reagrupante en el momento de la entrada  en España de la familia.

trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte del territorio nacional en cualquier ocupación y sector de actividad sin necesidad de ningún trámite administrativo.

Un permiso de residencia por reagrupación familiar debe ser tramitado por la Oficina de Inmigración de su país de origen o por internet. Las solicitudes deben realizarse por cuenta propia o a través de un agente legal o voluntario.

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